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LOS ASCENSORES DE TRIBUNALES:
DECLARACIÓN DEL COLEGIO DE ABOGADOS

El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro elaboró una declaración referida a los ascensores del edificio de los Tribunales, en la que cita las distintas acciones de ese cuerpo colegiado desde el año 2000 y las posteriores al hecho reciente que provocó varios heridos.

El texto completo de esa declaración pública es el siguiente:

"Estimados Colegas y Ciudadanos de la Provincia de Buenos Aires:

Sabido es todas y cada una de las acciones emprendidas por el Colegio de Abogados de San Isidro, desde el año 2000 hasta el pasado 3 de octubre, en que uno de los ascensores del edificio de Tribunales, se cayó desde el piso séptimo al segundo subsuelo, con diez personas en su interior.

Conviene recordar que desde el mismo momento en que se instalaron "los nuevos ascensores" venimos denunciando no solamente la mala calidad de los mismos, sino también los riesgos que implicaban su anómalo funcionamiento. Notas, cartas documentos, presentaciones, reuniones, denuncias y hasta una acción de amparo, que la misma Suprema Corte Provincial ("juez y parte") resolvió rechazarlo, con la única argumentación ( si se puede utilizar dicho término) de "un informe del Señor Presidente del máximo órgano judicial" Ante semejante acto, dedujimos recurso extraordinario, que por supuesto debe de estar en algún cajón, sin que hasta la fecha exista decisión.

El día 3 de octubre ocurrió lo que veníamos anticipando. Ese mismo día y en los siguientes hemos llevado a cabo las siguientes acciones:

a) Conferencia de prensa.

b) Solicitada, publicada en el diario "La Nación" el día 7 de octubre de 2005.

c) El Colegio se presentó como "Particular damnificado", en la causa penal que se instruye como consecuencia del accidente.

d) Carta documento, intimando a la Corte Provincial, a la solución definitiva de los ascensores, en un plazo de quince días, bajo el apercibimiento del artículo 73 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

e) Solicitud de "pedidos de informes" a la legislatura provincial, a fin que se requiera a la Corte, el trámite que se le imprimió a cada pedido efectuado por el Colegio. Idéntico pedido al ejecutivo municipal de San Isidro.

f) Pedido a quién ejerce la superintendencia del edificio de Tribunales, que la puesta en funcionamiento de los ascensores, debían ser previamente certificados por entidades y/o organismos, que garantizaran la seguridad y normal funcionamiento, no que dicha tarea la realizara personal dependiente de la misma Corte.

g) Nos pusimos a disposición de los heridos y/o damnificados del hecho del 3/10/05.

Lamentablemente no hemos recibido de parte de la Corte, acciones y/o soluciones definitivas. Sí ha dictado dos "resoluciones" que dispusieron la "suspensión de los plazos procesales" sin fecha límite y otra "encomendar al Ministerio de Obras Públicas de la Provincia. el estudio del cambio total de los ascensores y al Ministerio de Economía para que le sea asignada la partida respectiva". Es decir, NADA CONCRETO Y PERENTORIO.

Como decíamos en la solicitada "no hay peor sordo que el que no quiere oir", hemos decidido:

1) Enviar cartas documentos personales a los señores Jueces de la Suprema Corte de la Pcia., a fin que en el plazo de cinco días restablezca el servicio de justicia, que se encuentra paralizada, bajo el apercibimiento previsto en el artículo 73 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

2) Idéntica intimación al Señor Gobernador de la Pcia. de Bs As.

3) Requerir de quién tenga la superintendencia del edificio, la habilitación de los ascensores reservados a los magistrados y funcionarios, a los Colegas y Público en general.

4) Requerir de los señores jueces y demás funcionarios departamentales, de las distintas reparticiones, arbitren los medios para acercar a la planta baja del edificio las mesas de entradas, para la realización de audiencias y/o diligencias.

5) Requerir de la Suprema Corte que habilite otra Mesa de Entradas General de escritos, a fin de que sean recepcionados en ella todo tipo de presentaciones.

6) Promover, ante el vencimiento de los plazos de las intimaciones efectuadas a los integrantes de la Corte y no obtenida la solución definitiva del problema, denuncia penal contra los funcionarios intervinientes en todo este proceso; acción de amparo ante el
Fuero Contencioso Administrativo, pedido ante la Cámara de Diputados de la Pcia. de Bs As. de juicio político a los señores jueces de la Suprema Corte Provincial."

CONSEJO DIRECTIVO, 20 de Octubre de 2005.




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